Inicio / DETALLES DE NOTICIAS

“MI PRIMERA VEZ” REGISTRANDO UN PREDIO, TRÁMITES PARA LA INMATRICULACIÓN DE UN PREDIO URBANO O RURAL

 

En nuestro país existe un mecanismo que consiste en registrar, por primera vez, un inmueble en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), a este paso se le llama INMATRICULAR un predio y esta acción da lugar al nacimiento de la partida registral.

 

Si es un predio urbano, es decir, se encuentra en una zona habilitada para vivienda, se deben seguir los siguientes pasos:

 

  1. Visitar una oficina de la SUNARP para realizar la inscripción del título (a través de un formulario gratuito otorgado por la institución). Llenarlo correctamente, firmarlo y consultar sobre los pago de derechos registrales, que pueden variar según el documento que se desee agregar y según las dimensiones del predio.
  2. Realizar la entrega del parte notarial de la escritura pública que acredite la pertenencia del predio. Este documento debe estar autorizado debidamente por el notario, específicamente para la SUNARP, y debe tener una antigüedad mínima de 5 años.
  3. En caso de ser una sucesión testamentaria, la escritura pública debe presentar el predio transferido individualizado.
  4. Si la propiedad se ubica en una región no catastrada se debe presentar el plano de ubicación y perimétrico del predio. Este documento debe ser elaborado y suscrito por un verificador aceptado por la SUNARP y debe tener la aprobación de la municipalidad distrital correspondiente.
  5. En caso de que esté en una zona catastrada o en proceso catastral, el plano debe estar emitido por las oficinas de catastro distrital, debe ser auténtico y poseer datos como el código catastral con el que se le identifica, lote donde se encuentra, área del terreno y área construida, estas últimas deben expresarse en metros cuadrados y con aproximación de dos cifras decimales.

 

Sobre los predios rurales, aquellos destinados a la actividad agropecuaria, deben seguir los mismos pasos hasta el punto 3. Por una parte, si se encuentra en una región ya catastrada, este tipo de predio solo debe presentar la información catastral validada por la oficina que corresponda.

 

Por otro lado, si está en una zona no catastrada, debe presentar más documentos: el certificado negativo de zona catastral emitido por una autoridad competente, el plano perimétrico con coordenadas UTM, memoria descriptiva donde se indique área, linderos y medidas perimétricas. Este plano debe estar elaborado y firmado por un profesional que pertenezca al Índice de Verificadores de la SUNARP.